SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2020-S2

Fecha: 19-Ago-2020

II.7.

II.7.    En audiencia, los abogados del ahora impetrante de tutela, indicaron de forma expresa: “…el problema se ha subsanado pero por el horario de trabajo del accionante un día después de los 5 días ha subsanado, no estaba dentro de los 5 días y la autoridad de impugnación tributaria rechaza el recurso de alzada por no haber presentado dentro de los parámetros legales…” [sic (negrillas y subrayado añadidos)]; añadiendo: “Hemos subsanado al día siguiente, el señor no tenía mucho tiempo y la verdad no se ha podido y la mam[á] es la que ha llevado a primera hora ese ratito han sacado rechazo para no tener más procesos, se ha subsanado, pero no dentro del plazo y es por eso que se acude a que no ha habido observación en el fondo para poder rechazar y también rige la justicia material” (sic [las negrillas y el subrayado son nuestros]).