SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2020-S4

Fecha: 26-Ago-2020

II.6.

 II.6.       Cursa Cite DP/RIE/CHU/39/2019 de 29 de mayo del mismo año; a través del cual, Edwin Martínez Tapia, Delegado Defensorial Departamental de Chuquisaca de la Defensoría del Pueblo –tercero interesado–, solicitó al Administrador Regional Sucre a.i. de la CNS, se informe respecto a los siguientes puntos: i) Si se había procedido a realizar la transferencia al Centro Médico Quirúrgico Boliviano Belga Ltda. de Cochabamba de los pacientes Gabriela Mendieta Garrón, Margarita Romero Ovando, Armando Gil Aparicio Velasco, Franz Leonardo García Sánchez, Carmen Patzi Quispe y Marlene Sernich; ii) Cuándo se remitió a la ciudad de Cochabamba, las historias clínicas y estudios complementarios de los mencionados; y, iii) Cuáles eran las fechas y horarios de atención de los merituados pacientes; otorgándose un plazo de cinco días, para remitir el informe (fs. 104 y vta.). De igual forma, a través de Cite DP/RRIE/CHU/20/2019 de 14 de junio de igual año, la mencionada autoridad, reiteró la solicitud de información dentro del caso interpuesto por los ahora accionantes; toda vez que, hasta esa data, no se contaba con respuesta alguna (fs. 103).