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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0392/2020-S4

    Fecha: 26-Ago-2020

    II.9.

     II.9.       Cursa escrito de 9 de agosto de 2019; a través de la cual, Iván Laredo Daza, Director del Hospital Obrero 6 “Dr. Jaime Mendoza” –ahora demandado–, requirió al Director General a.i. del Hospital Obrero 1 de La Paz, que de forma escrita se emita una certificación por falta de atención en el servicio de nefrología de dicho nosocomio; toda vez que, sus pacientes llevaban esperando más de siete meses por su tratamiento (fs. 127).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  De la tutela de los derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social en la Constitución Política del Estado
    • “En cuanto al derecho a la vida
    • El derecho a la salud no significa solamente el derecho a estar en contra de la enfermedad sino el derecho a una existencia con calidad de vida
    • Todas las bolivianas y bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social’
    • al ser el derecho a la seguridad social, derivado del derecho a la vida y a la salud
    • III.2.
    • CONFIRMAR

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