SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2020-S3

Fecha: 05-Ago-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El impetrante de tutela denuncia la vulneración de la garantía del debido proceso en sus vertientes de “seguridad jurídica” e impugnación, el derecho a la defensa y la garantía del juez natural; por cuanto, habiendo planteado en etapa preparatoria incidente de actividad procesal defectuosa, no fue resuelto debido a que la audiencia fue suspendida y dada la acefalía en el juzgado por varios meses, no obstante el seguimiento realizado, el mismo no fue resuelto impidiendo de esta forma ejercer su derecho a la impugnación y que el incidente sea conocido por autoridad competente. En etapa de juicio pidió corrección procesal dada la falta de resolución del incidente de actividad procesal defectuosa; empero, los Jueces ahora accionados, decretaron que sería considerado en el momento procesal de acuerdo al art. 345 del CPP, modificado por la Ley 586, y planteado el recurso de reposición, se mantuvo la decisión.