Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0471/2020-S3
Fecha: 27-Ago-2020
II.3.
II.3. Al efecto el Tribunal Disciplinario Departamental de Oruro, pronunció la
RA 01/2019 de 15 de enero, en la cual en su Segundo Punto resolvió dictar RESOLUCIÓN SANCIONATORIA en contra de la accionante, siendo pasible a la sanción disciplinaria de baja definitiva de la Institución Policial sin derecho a reincorporación, por la transgresión al art. 14.14 de la LRDPB, que prescribe “concertar acuerdos o convenios ilícitos con delincuentes en beneficio personal o de terceros” en observancia al art. 93 de la misma Ley (fs. 163 a 222).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- verificar si en esa labor no se han quebrantado los principios constitucionales informadores del ordenamiento jurídico
- cuando una actuación judicial contiene una decisión arbitraria, con evidente repercusión en el proceso, en perjuicio de los derechos fundamentales de una de las partes, pueden ser susceptibles de controversia en sede de tutela
- a menos que pueda constatarse una arbitrariedad manifiesta por parte de la autoridad emplazada que ponga en evidencia la violación de derechos de naturaleza constitucional
- III.2.
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- i)
- Fragmento 20