SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0473/2020-S3

Fecha: 27-Ago-2020

iv)

iv)         Al haberse establecido que el contrato fue cumplido conforme a las cláusulas de su contenido, que el actor justificó su demanda, no existiendo prueba alguna que se haya honrado con el monto correspondiente a la planilla 8 de cierre del contrato del proyecto de “…CONSTRUCCIÓN DE CENTROS TURÍSTICOS RECREACIONALES COMUNITARIOS…” (sic) por parte del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, la cual se sustenta en la prueba presentada por ambas partes y valorada conforme a los arts. 373 y 145 del CPC, correspondiendo en aplicación del art. 568.I del CC que el citado Gobierno Autónomo adeuda al actor la suma de Bs447 343,11.-, dicha obligación debe ser cumplida, concluyéndose que el Tribunal ad quem valoró adecuadamente la prueba adjunta durante la tramitación de la causa.