SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0479/2020-S3
Fecha: 27-Ago-2020
Fragmento 30
Se evidencia que el trámite de la presente acción tutelar fue dilatorio; pues, se presentó la demanda constitucional el 23 de septiembre de 2019, en Plataforma de Atención al Usuario Externo (PAUE) y fue recepcionada en la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en la indicada fecha; empero, recién el 15 de octubre del aludido año, se llevó adelante la audiencia de acción de amparo constitucional, inobservando de este modo el plazo de cuarenta y ocho horas que establece para efectivizar la misma el art. 56 del CPCo; asimismo, a pesar de que se expuso en el acta de 26 de septiembre del referido año, que no se notificó a las partes en la cual, se fijó audiencia para el 7 de octubre del citado año (fs. 21), y en el acta de dicha actuación procesal; si bien, se manifiesta que no se notificó al ahora coaccionado, se señaló nueva audiencia para el 15 de igual mes y año; constatándose de este modo que en el trámite se produjo dilación evidente, que no se ajusta a la norma procesal mencionada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Procedencia de la protección directa e inmediata otorgada en forma excepcional ante medidas de hecho.
- Fragmento 17
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- son distintos de la libertad personal o de los derechos conexos a ella.
- con excepción de la libertad física o individual, en los casos en los que sean amenazados, suprimidos o restringidos por actos y omisiones ilegales o indebidos
- Fragmento 30
- III.4. Otras Consideraciones
- Fragmento 32
- Fragmento 33
- REVOCAR en parte
- 2º DENEGAR
- 3º