Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
II.3.
II.3. A través de memorial presentado el 18 de julio de 2019, ante el Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Santa Cruz, la impetrante de tutela, solicitó la libertad condicional, justificándose en el cumplimiento de los tres requisitos exigidos por la Ley de Ejecución Penal y Supervisión y el Código de Procedimiento Penal (fs. 13 a 14).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- Fragmento 14
- III.2. De la celeridad en las solicitudes de personas privadas de libertad y su protección vía acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Del trámite de la libertad condicional
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. De la presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados en acción de garantías
- primera problemática
- conceder
- segunda problemática
- REVOCAR
- 2º