Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
II.5.
II.5. El 20 de noviembre de 2019, la impetrante de tutela dirigiéndose al Juez de Ejecución Penal Primero del departamento de Santa Cruz, solicitó nuevamente la libertad condicional, refiriéndose al Auto de 24 de julio de igual año y a que volvió a solicitar nueva redención, sobre la cual solo restaría que la misma autoridad autorice dictando resolución, en virtud a que se remitió la carpeta desde el Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola”, con lo que estarían cumplidos los requisitos para que se beneficie con la libertad condicional. En el otrosí primero, anunció adjuntar la respectiva documentación para acreditar la existencia del domicilio (fs. 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- Fragmento 14
- III.2. De la celeridad en las solicitudes de personas privadas de libertad y su protección vía acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.3. Del trámite de la libertad condicional
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. De la presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados en acción de garantías
- primera problemática
- conceder
- segunda problemática
- REVOCAR
- 2º