Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
Fragmento 25
En conclusión, las autoridades demandadas no conculcaron ningún derecho, de los denunciados por el accionante al haber expuesto de manera correcta y suficiente los motivos que sustentaron su decisión, pues la estructura del Auto de Vista 66/19, tanto en el fondo como en la forma, dejó convencimiento a las partes de que se actuó no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino también, que la decisión está regida por los principios y valores supremos establecidos en la Constitución Política del Estado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.2. De la transacción y su trámite procesal
- autos interlocutorios definitivos
- autos interlocutorios simples
- III.4.
- III.4.1. Respecto al cumplimiento del plazo para la presentación de la apelación
- Fragmento 21
- III.4.2. Respecto a la validez del acuerdo transaccional
- III.4.3. Sobre la fundamentación y motivación del fallo impugnado
- i)
- Fragmento 25
- CONFIRMAR