Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 11 de julio del mismo año, el ahora impetrante de tutela, solicitó al Juez Público Civil y Comercial Primero del departamento de Pando, la homologación del documento referido en la Conclusión anterior, en base a lo previsto por los arts. 232 y 233 I. II. y IV del CPC; petición respondida por los demandados –ahora terceros interesados–, a través de memorial presentado el 20 de idéntico mes y año, negando el pedido e impetrando la ejecución de la sentencia (fs. 40 y vta. y 42 a 43).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.2. De la transacción y su trámite procesal
- autos interlocutorios definitivos
- autos interlocutorios simples
- III.4.
- III.4.1. Respecto al cumplimiento del plazo para la presentación de la apelación
- Fragmento 21
- III.4.2. Respecto a la validez del acuerdo transaccional
- III.4.3. Sobre la fundamentación y motivación del fallo impugnado
- i)
- Fragmento 25
- CONFIRMAR