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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2020-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0517/2020-S3

    Fecha: 09-Sep-2020

    4º

    4º Se dispone la expresa notificación a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, a fin de que en futuras actuaciones se cumpla con el trámite y plazos establecidos ante las solicitudes de reincorporación laboral en sede administrativa.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • 1)
    • I.2.3. Intervención de la Jefatura Departamental del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.7.
    • II.9.
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • III.1. La conminatoria de reincorporación laboral y los límites de su cumplimiento
    • Fragmento 17
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Como podrá observarse, los plazos que se establecen entre uno y otro actuado, varían de dos a tres días como máximo, se entiende, por la urgencia que representa la resolución pronta de la denuncia efectuada, pues en función de ello, podrá el trabajador -en los casos que corresponda- reincorporarse prontamente a su fuente laboral, sin que ello signifique mayor perjuicio y menoscabo económico.
    • REVOCAR en parte
    • 3º
    • 4º

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