SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2020-S3
Fecha: 28-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos políticos “a ejercer el cargo”, al trabajo, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; puesto que en su condición de Concejal del Gobierno Autónomo Municipal de Patacamaya del departamento de La Paz fue designado temporalmente mediante Resoluciones HCMA 01/2019 y 06/2019, Alcalde a.i. del citado Municipio; sin embargo, al retorno del Alcalde Titular a sus funciones, los Concejales ahora accionados no le permiten su reincorporación como Concejal Titular, omitiendo emitir Resolución o pronunciamiento de “incorporación” o restitución, pese a sus reiteradas solicitudes de reincorporación y renuncia al cargo de Alcalde a.i. mediante notas de 29 de julio, 27 de agosto y 5 de septiembre de 2019.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a ejercer la función pública
- derecho al ejercicio de funciones en los órganos del poder público; y como consecuencia de ello se establece el derecho de ejercer las funciones públicas sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas por ley
- una vez que se ejerce el cargo, el derecho a ejercer materialmente ese cargo, no sólo como derecho constitucional, sino como una realidad fáctica que satisfaga las necesidades económicas y laborales del ciudadano electo.
- todo ciudadano sin distinción, tiene la prerrogativa de elegir y ser elegido así como ejercer el derecho a desempeñar una función pública sin otro requisito que la idoneidad, siendo deber del Estado garantizar que las personas ejerzan los cargos y funciones en condiciones dignas; consecuentemente, el impedimento arbitrario para el desarrollo normal de los cargos electos implica trasgresión del derecho a ejercer la función pública y una restricción de los derechos políticos
- III.2. Análisis de caso concreto
- Fragmento 22
- se habilitó el registro de Tiburcio Choque
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- 1° CONCEDER
- 2° DENEGAR