SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2021-S4

Fecha: 22-Mar-2021

a)

Solicitaron que se conceda la tutela impetrada y consiguientemente se disponga: a) Que las empresas demandadas “se adecuen a la pandemia mundial COVID-19, y a las pérdidas de todos los cruceños…” (sic); y, b) La rebaja del 80% del costo final de las facturas por los servicios públicos de agua potable y electricidad, por todo el tiempo que dure la cuarentena, sin importar si esta es estricta o dinámica.

           Al efecto, como se desarrolló en el precedente Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional, para aplicar el principio de ponderación de bienes es necesario evaluar el peso o la importancia de cada uno de los derechos en conflicto en el caso que se analiza; y, a partir de ello, debe buscarse un equilibrio práctico entre las necesidades de los titulares de los derechos en colisión. Para dicho fin, deben cumplirse ciertos pasos correspondientes a los elementos de ponderación, como son: a) Definir el grado de la no satisfacción o de afectación de uno de los derechos; b) Definir la importancia de la satisfacción del derecho que se juega en sentido contrario; y, c) Definir si la importancia de la satisfacción del derecho contrario justifica la afectación o no satisfacción del otro.