SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2021

Fecha: 17-Mar-2021

constituye un derecho de la ciudadanía

Ahora bien, para poder definir si la restricción sobre la difusión de estudios de opinión en procesos electorales –consignada como una conducta sancionable–, se adecúa a los derechos constitucionales y alcanza su fin perseguido, es preciso acudir a lo previsto en el art. 127 de la misma Ley, que indica lo siguiente: “El acceso a estudios de opinión en materia electoral constituye un derecho de la ciudadanía, en el marco de sus derechos fundamentales a la comunicación y a la información, para la participación en los procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato.