SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-S2

Fecha: 07-Abr-2021

la no existencia de alternativas menos gravosas

[3] La SCP 1663/2013 de 4 de octubre, al analizar aplicación de la detención preventiva, estableció que la necesidad de su imposición se revela en o equivale a: “…la no existencia de alternativas menos gravosas al derecho, principios o valores constitucionales que alcancen el mismo resultado constitucionalmente perseguido...”, remarcando que los conflictos (sociales, políticos, culturales -entre otros-) que se originan en la aplicación de la detención preventiva, no radican en la medida misma; sino en la duración excesiva de los procesos penales y la privación de libertad prolongada de detenidos preventivos, que provocaban efectos negativos en las y los imputados; por lo que, era necesario acreditar que no existían medidas menos gravosas que la detención preventiva para lograr el fin pretendido (evitar la fuga o la obstaculización del proceso).