Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021-S2
Fecha: 08-Abr-2021
II.3.
II.3. El 21 de marzo de 2018, en el Batallón de Seguridad Física del Comando Departamental de la Policía de Oruro, por cédula se comunicó a Santos Zuna León sobre la emisión del requerimiento de acusación formal en su contra a objeto de que pueda acogerse -conforme al art. 71 de la LRDPB-, a la impugnación de rechazo de denuncia, adjuntándose muestrario fotográfico con la notificación practicada en el domicilio registrado en su folio personal (fs. 124 a 126).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- REVOCAR
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3.3.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) Derecho a la defensa
- principio, derecho y garantía
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- 1)
- segunda problemática
- regulan la conducta de todos los miembros de la Policía Nacional
- último memorándum de destino laboral
- se desconoce su paradero del Policia
- sobre el derecho al trabajo
- En relación a la presunción de inocencia
- CONFIRMAR en parte