SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021-S2
Fecha: 08-Abr-2021
sobre el derecho al trabajo
Ahora bien, sobre el derecho al trabajo; es menester determinar que la desvinculación de la fuente laboral por sí sola no configura un presupuesto de lesión a dicho derecho; en tal sentido, este encuentra su limitación en los casos de despido por causa justa; por ejemplo, cuando se incurre en una falta que esta sancionada con el retiro. Sin embargo, en el caso de análisis, si bien se considerara la posible existencia de una causa justa para la desvinculación; es innegable que la misma se encuentra íntimamente ligada al proceso que se sigue a efectos de determinar su existencia o no; y, en tal sentido tras evidenciarse que en el proceso sancionatorio que dio origen a la acción tutelar, se ha afectado negativamente el derecho al debido proceso en sus elementos a la defensa y a recurrir, por haberse apartado del procedimiento para notificar la determinación que se encontraba sujeta aún a la fase de impugnación; por lo que, podría modificarse de fondo. En consecuencia, por conexitud corresponderá la tutela del derecho al trabajo, al no provenir la sanción de una resolución cuya comunicación haya respetado el debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- REVOCAR
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3.3.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) Derecho a la defensa
- principio, derecho y garantía
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- 1)
- segunda problemática
- regulan la conducta de todos los miembros de la Policía Nacional
- último memorándum de destino laboral
- se desconoce su paradero del Policia
- sobre el derecho al trabajo
- En relación a la presunción de inocencia
- CONFIRMAR en parte