SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021-S2
Fecha: 08-Abr-2021
II.5.
II.5. A través de la RA 13/2018 de 10 de abril del Tribunal Disciplinario Departamental de Oruro, determinó la baja definitiva sin derecho a reincorporación a la institución -por deserción- del servidor policial Santos Zuna León -ahora peticionante de tutela-. Determinación con la que -en mérito a la representación del Oficial de Diligencias que en su parte sobresaliente señaló que, en el último destino laboral el servidor policial seguía faltando a sus servicios; y, en su domicilio, se le informó que fue inquilino y “…se desconoce su paradero…”- se notificó a dicho servidor, el 28 de junio del mismo año, mediante cédula sin consignar el lugar de la diligencia, ni adjuntar el registro fotográfico alguno (fs. 160 a 169).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- REVOCAR
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3.3.
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) Derecho a la defensa
- principio, derecho y garantía
- III.3. Análisis del caso concreto
- primera problemática
- 1)
- segunda problemática
- regulan la conducta de todos los miembros de la Policía Nacional
- último memorándum de destino laboral
- se desconoce su paradero del Policia
- sobre el derecho al trabajo
- En relación a la presunción de inocencia
- CONFIRMAR en parte