SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2021

Fecha: 19-Abr-2021

no sólo fundan en su Origen, sino que fundamentan permanentemente el orden jurídico y estatal y suponen un límite a la potestad del legislador

En el ámbito comparado, sobre este principio, el Tribunal Constitucional de España en su Sentencia 9/1981 de 31 de marzo, indicó lo siguiente: “…la Constitución es una norma (…), pero una norma cualitativamente distinta de las demás, por cuanto incorpora el sistema de valores esenciales que ha de constituir el orden de convivencia política y de informar todo el ordenamiento jurídico”; el mismo cuerpo colegiado, en la Sentencia 76/1983 de 5 de agosto, sostuvo que: “…la voluntad y racionalidad del poder constituyente objetivadas en la Constitución no sólo fundan en su Origen, sino que fundamentan permanentemente el orden jurídico y estatal y suponen un límite a la potestad del legislador” (las negrillas son nuestras).