SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0118/2021-S3

Fecha: 26-Abr-2021

cosa juzgada material

En ese orden, si bien los Magistrados hoy accionados determinaron la existencia de identidad de sujeto, objeto y causa para declarar probada la excepción de cosa juzgada, no aplicaron correctamente el art. 1319 del CC, puesto que ingresaron a analizar de manera directa esa triple identidad, sin antes verificar la existencia o no de la cosa juzgada material -Fundamento Jurídico III.3. de esta Sentencia Constitucional Plurinacional- en lo que se refiere al pago de salarios devengados del accionante correspondientes a octubre, noviembre y diciembre de 2010; y, enero, febrero, marzo y abril de 2011, es más, respecto a la identidad de objeto o causa, esta Sala advierte que los Magistrados hoy accionados no hubieran realizado un test de emparejamiento razonado entre las referidas identidades que hacen a la cosa juzgada y a los hechos planteados, para después emitir un criterio que dé como resultado declarar probada la excepción de cosa juzgada, a pesar de la exigencia establecida en el art. 1319 del CC, que se reitera fue incorrectamente aplicado por los Magistrados ahora accionados.