SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2021-S4

Fecha: 07-May-2021

Es precisamente en atención a estos elementos constitutivos del debido proceso, que la jurisprudencia constitucional le ha reconocido una triple dimensión a su ámbito de aplicación; así, como derecho fundamental de los justiciables, como principio procesal y como garantía de la administración de justicia

           El debido proceso en su triple dimensión (derecho–principio–garantía), ha sido ampliamente desarrollado tanto en la doctrina como en el ámbito legislativo y jurisprudencial, más aún cuando dentro de un proceso ya sea administrativo o judicial, público o privado, como resultado del mismo emerja una sanción a una de las partes en controversia; en ese marco, la SCP 0137/2018-S4 de 16 de abril, reiterando la línea establecida al respecto, señaló que: “…la SCP 0102/2016-S2 de 15 de febrero, en cuanto al debido proceso y su configuración, expresó: ‘Es precisamente en atención a estos elementos constitutivos del debido proceso, que la jurisprudencia constitucional le ha reconocido una triple dimensión a su ámbito de aplicación; así, como derecho fundamental de los justiciables, como principio procesal y como garantía de la administración de justicia.