SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2021-S3

Fecha: 04-May-2021

III.5. Análisis del caso concreto

La problemática traída en revisión, básicamente radica en la supuesta negativa de la Oficial de Diligencias del Juzgado Mixto Civil y Comercial y de Familia Primero de Sica Sica del departamento de La Paz -hoy coaccionada- de realizar la citación correspondiente con la demanda y admisión de asistencia familiar contra el demandado Edson Castillo Flores -ahora tercero interesado- sin que curse en el expediente informe alguno que explique los motivos de esa conducta y las causas para desistir de la orden judicial impartida; así como la posterior emisión de oficio del Auto Interlocutorio Definitivo 170/2019 de 6 de noviembre pronunciado por el titular de dicho despacho judicial -ahora accionado- que dispuso la anulación de la admisión del citado proceso familiar interpuesto por la ahora accionante pese a encontrarse en un periodo de embarazo de siete meses y por lo tanto con la necesidad de ese beneficio de forma urgente.

Ahora bien, a fin de resolver la denuncia invocada en esta acción de defensa, se hace necesario conocer el contexto fáctico inherente a la reclamación constitucional efectuada por la impetrante de tutela, a tal fin se evidencia de los antecedentes adjuntos al expediente constitucional, “CARNET DE SALUD DE LA MADRE” (sic) a nombre de Jhovana Mamani Zárate -hoy peticionante de tutela- emitido por el Centro de Salud de Konani del municipio de Sica Sica del departamento de La Paz, que informa sobre el control prenatal efectuado el 18 de septiembre de 2019 (Conclusión II.1); de igual forma se tiene dos citaciones de 19 y 30 de septiembre de 2019 a efecto de la comparecencia de Edson Castillo Flores y Teodora Flores ante el SLIM del citado GAM dentro la denuncia interpuesta por la accionante por violencia psicológica y asistencia familiar (Conclusión II.2); asimismo, mediante escrito presentado el 29 de octubre del referido año, la prenombrada interpuso demanda contra Edson Castillo Flores, a través del cual solicitó asistencia familiar admitiéndose la misma mediante Auto de la misma fecha. Posteriormente, el Juez Público Mixto Civil y Comercial, y de Familia Primero de Sica Sica del departamento de La Paz -ahora accionado- anuló el indicado Auto de Admisión por una nueva signada como 170/2019 que rechazó dicha petición ordenando el consiguiente desglose de los documentos aportados junto al archivo de obrados bajo el fundamento que la ahora impetrante de tutela no acreditó la filiación del (a) concebido (a) para demandar el beneficio de asistencia familiar en su favor; toda vez que, no alcanza señalar unilateralmente a quien se tiene como padre sino se debe cumplir necesariamente con los mandatos establecidos en los arts. 28 y 109.V del CFPF (Conclusión II.4).