SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2021-S2

Fecha: 13-May-2021

constituye la disposición del fallo; y, no debe confundirse con la concesión o no de tutela

Finalmente, es menester aclarar que la concesión del petitorio en su totalidad o en parte, constituye la disposición del fallo; y, no debe confundirse con la concesión o no de tutela, pues esta última responde a la protección (tutela) de los derechos invocados y no así al cumplimiento total o parcial del petitorio. En tal mérito, al haberse concedido la tutela sobre el único derecho invocado en la presente acción tutelar, la Sala Constitucional empleó de forma errónea la frase “en parte” en el título “POR TANTO” de su Resolución, correspondiendo la concesión total pues se protegió el único derecho invocado.