SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2021-S2
Fecha: 13-May-2021
insuficiente fundamentación
Asimismo, se tiene que el párrafo II.2 que parece contener las razones de la decisión, establece que el tercerista presentó una minuta de compra venta de vehículo con placa de circulación 531-XPH, que al encontrarse con reconocimiento de firmas tiene “…la fe probatoria establecida por ley…” (sic); empero, no señala cuál es la norma a la que se refiere ni determina -empleándola-, cuál es el valor probatorio conferido al documento. Tampoco se esclarece con base en su argumento qué derecho es el que se atribuye al tercerista ni cuál es el valor del mismo frente a un tercero, o las razones por la cuales dicho derecho es oponible al del hoy impetrante de tutela; especialmente, en razón a que uno de los reclamos realizados y no respondidos es que, para ser oponible a terceros, el derecho propietario debía cumplir con la previsión de los arts. 77 y 104.I del CC y 121 del CNT. Este aspecto sumado a la falta de congruencia del fallo, revelan la inexistencia de una respuesta fundada (en hechos y derecho) a cada uno de los puntos expuestos por las partes; lo que, deviene efectivamente en la insuficiente fundamentación acusada, provocando la lesión del derecho al debido proceso.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- [3]
- [6]
- En resumen, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional glosada, una resolución será arbitraria cuando carezca de motivación o ésta sea arbitraria o insuficiente; asimismo, cuando la resolución no tenga coherencia o congruencia interna o externa
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- debido proceso por incongruencia
- insuficiente fundamentación
- conforme
- es posible admitir la legitimación pasiva de la anterior persona o autoridad responsable del acto, que cuenta con responsabilidad personal y a la vez de la nueva persona o autoridad que cuenta con responsabilidad institucional
- constituye la disposición del fallo; y, no debe confundirse con la concesión o no de tutela
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)