Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2021-S3
Fecha: 14-May-2021
II.1.
II.1. Por memorial de 1 de abril de 2019, Mery Ferreira Romero -ahora tercera interesada- en representación del menor de edad AA, presentó incidente de incremento de asistencia familiar dentro de la demanda de homologación de asistencia familiar seguida contra Álvaro Donato Durán Nava -hoy accionante- (fs. 110 y vta.). Posteriormente, mediante Auto Definitivo 207/2019 de 17 de julio, la Jueza Pública de Familia Tercera de la Capital del departamento de Chuquisaca declaró probada la demanda fijando la asistencia familiar en la suma de Bs1000.- (fs. 134 a 135).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1
- primer agravio
- segundo agravio
- tercer agravio
- Finalmente
- I.1.2
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades accionadas
- 1)
- CONDEN PARCIALMENTE
- II.1.
- II.2.
- la motivación, fundamentación, congruencia
- toda autoridad que dicte una resolución, debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma, por cuanto la estructura de una resolución tanto en el fondo como en la forma, dejará pleno convencimiento a las partes de que se ha actuado no sólo de acuerdo a las normas sustantivas y procesales aplicables al caso, sino que también la decisión está regida por los principios y valores supremos rectores que orientan al juzgado
- uno de los elementos del debido proceso es la congruencia en virtud de la cual la autoridad jurisdiccional o administrativa
- la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
- i)
- no se llenan las exigencias constitucionales del debido proceso, conforme ha establecido la SC 1845/2004-R de 30 de noviembre, cuando en la tramitación de la causa se provocó indefensión, indefensión que se encuentra proscrita por los arts. 115, 117 y 119.II de la CPE
- b)
- carece de fundamentación y motivación del fallo impugnado
- c)
- conceder en parte
- CONFIRMAR en parte