SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0281/2021-S3

Fecha: 08-Jun-2021

III.3. Otras consideraciones

Resuelto el problema constitucional planteado, es necesario emitir pronunciamiento respecto al cuestionamiento efectuado por la parte accionante, al momento de que el Tribunal de garantías en la audiencia reinstalada determinó esperar el ingreso a la plataforma virtual de la Vocal accionada, circunstancia que el prenombrado advirtió señalando que desconocía cuál la norma que permitía tal despliegue jurisdiccional.

Al respecto, se debe precisar que esta acción tutelar si bien tiene sus propias características relacionadas con la sumariedad y prontitud en su consideración y resolución, no se aparta ni está exenta del resguardo de las garantías procesales, siendo una de ellas el derecho a la defensa; en este sentido, no se constata que la determinación asumida por los integrantes del Tribunal de garantías de establecer una espera -breve además-, para la conexión al enlace de la autoridad judicial accionada hubiese implicado un desconocimiento o trasgresión al procedimiento constitucional que regula este tipo de acciones de defensa; por cuanto, dicha decisión no repercutió de modo alguno en su resolución dentro del plazo establecido en la normativa procesal-constitucional.