SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2021-S3
Fecha: 28-Jun-2021
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución AAC-0098/2019 de 21 de noviembre, cursante de fs. 457 a 461, del expediente 32063-2019-65-AAC, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Macedonio Oliva contra Rufo Nivardo Vásquez Mercado y Gregorio Aro Rasguido, Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental; y, Juan Carlos Gutiérrez Argote, Juez Agroambiental de Sacaba del departamento de Cochabamba; y, la Resolución 226/2019 de 30 de diciembre, cursante de fs. 206 a 210 del expediente 32540-2020-66-AAC, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jesús Oliva Quispe en representación legal de Martha Quispe Gómez contra los nombrados Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental y Juez Agroambiental de Sacaba del referido departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.1.3. Petitorio
- I.1.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.2.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 10
- I.2.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 18
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- siendo que una decisión es arbitraria cuando carece de razones, es antojadiza o producto de conocimientos insuficientes que no pueden sostener un mínimo análisis jurídico legal
- podrá verificar que las Resoluciones se encuentren motivadas, fundamentadas y congruentes, centrándose en la decisión emitida en última instancia por el Tribunal de cierre en sede ordinaria, con facultades para corregir toda irregularidad procesal o vulneración a derechos que pudieron suscitarse en la sustanciación de la causa
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- 6)
- 7)
- Fragmento 28