SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

En cuanto a la falta de congruencia

El accionante denuncia que la Resolución FDP-T.O.R./R.CH.G. 320/2019 carece de congruencia porque en el memorial de objeción al rechazo de la querella no se reclamó el “estado” -se entiende la situación- jurídico de Samuel Lucas “Lázaro” sino el del ahora tercero interesado, de quien se trata la Resolución Fundamentada de Rechazo de 28 de noviembre de 2018, sobre dicho punto, la revisión de la mencionada Resolución, muestra que sí se emitió un pronunciamiento respecto a ese último indicando que no existen elementos que señalen la intencionalidad que el mismo tuvo de sustraer la mercancía comisada obstruyendo el trabajo que realizaba el funcionario técnico aduanero, sobre lo cual no se advierte la incongruencia o falta de pronunciamiento denunciada, más aún considerando que el accionante no precisó de qué manera la mencionada persona cometió el delito atribuido, o si fue autor intelectual o cómplice del ilícito y como se configura esa presunción; sin embargo, sí se observa una incongruencia con relación a la conclusión arribada respecto a la actuación de hoy tercero interesado y la causal normativa de rechazo alegada.

El accionante también denuncia falta de congruencia, puesto que en el memorial de objeción al rechazo de la querella se hizo referencia a la inactividad de la dirección investigativa de la Fiscal de Materia; sin embargo, en la Resolución FDP-T.O.R./R.CH.G. 320/2019, de manera incongruente se refirió que la misma no obró correctamente, citando normativa y jurisprudencia errónea, al respecto, corresponde señalar que la apreciación realizada por la Fiscal Departamental hoy accionada en la citada Resolución responde al análisis que efectuó del caso, lo cual no puede entenderse como incongruencia.