SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S3

Fecha: 09-Jul-2021

Respecto al principio de seguridad jurídica

Conforme a la jurisprudencia descrita en el Fundamento Jurídico III.4. de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, el mismo es tutelable mediante la acción de amparo constitucional cuando se encuentre vinculado a la vulneración de un derecho o garantía constitucional, en el presente caso, como se indicó anteriormente, la Resolución FDP-T.O.R./R.CH.G. 320/2019 vulnera el derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, como denunció el accionante, lo que deviene en la inobservancia a ese principio de orden general y procesal que implica la sujeción de la actuación estatal así la SC 0096/2010-R refirió que: “…reglas claras, precisas y determinadas, en especial a las leyes, que deben desarrollar los mandatos de la Constitución Política del Estado, buscando en su contenido la materialización de los derechos y garantías fundamentales…”; por consiguiente, en ese caso corresponde tutelar el mencionado principio vinculado a la vulneración del aludido derecho.