SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2021-S2

Fecha: 22-Jul-2021

3)

3)   Con relación al segundo agravio, la instancia de alzada no advirtió incongruencia en el fundamento expresado por el Tribunal a quo, al momento de considerar el riesgo procesal previsto en el art. 235.2 del aludido Código, con la inclusión de otros argumentos que afectan la situación del imputado “…por el contrario considera que el fundamento plasmado si bien resulta incompleto es correcto y coherente con los antecedentes del proceso…” (sic); ya que, en una audiencia de cesación de la detención preventiva, se activa el principio de inversión de la carga de la prueba; por lo que, corresponde al imputado desvirtuar los motivos que fundaron la presencia de un riesgo procesal, en los términos de la construcción del mismo en la audiencia de aplicación de medidas cautelares, acreditando que la conducta identificada desapareció a la fecha en que solicitó la cesación de dicha medida según se identificó en ese primer actuado;