SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

2)

2)    Si bien el Instructivo 014/2015 se aplicó de forma posterior a la admisión de la demanda, instruyó precisamente que en los casos que se tramiten demandas ejecutivas originadas en resoluciones administrativas, se debe declinar competencia en favor de los jueces en materia civil y comercial, por lo cual fue acertada la decisión del Juez de la causa de declararse incompetente y remitir actuados ante el juez de turno en materia civil y comercial; puesto que, conforme al art. 122 de la CPE, son nulos los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen, así como los actos de las que ejercen jurisdicción o potestad que no emane de la ley.