SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2021-S3

Fecha: 28-Jul-2021

b)

b)    Existe indeterminación en el art. 55.I de la LPA cuando señala “órganos competentes” sin especificar cuál; no obstante, por analogía se entiende que es competente el juez en materia administrativa; ese criterio se siguió en el distrito judicial de La Paz el 2015. Además, si bien el Instructivo 014/2015 sobre la competencia referida abstractamente en el mencionado artículo, instruye que serán los jueces en materia civil y comercial los que tramiten las demandas ejecutivas civiles que se originen en una resolución administrativa firme, el mismo fue emitido de manera posterior a la presentación y admisión de la demanda en el caso concreto.