F.J.III.4. 3. Vulneración de derechos y principios de probidad, igualdad de las partes y verdad material.
Conforme se desarrolló en la fundamentación jurídica F.J.III.4.1, el Juez de la causa emitió la Sentencia Definitiva N° 14/2022 de 2 de diciembre, realizando una correcta apreciación de los medios probatorios durante el proceso, exponiendo los motivos que sustentan su decisión, exponiendo claramente los hechos en el marco de los arts. 379 y 380 de la Ley N° 439 y respetando la voluntad de las partes manifestada en el recibo del 7 de marzo de 2020, que cursa a fs. 43 de obrados, suscrito por el ejecutante Oscar Alvis Mejía y la ejecutada: Julia Veliz García, por un monto de $us. 50.000.00, quienes bajo los principios de autonomía de la voluntad y libertad contractual, hacen constar que, hasta esa esa fecha, los intereses ascienden a la suma de $us. 64,265.- (SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS), de los cuales se hace efectiva la cancelación de $us 50.000.00, acordando también una condonación de $us. 14,265.00 (CATORCE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO 00/100 DOLARES AMERICANOS); y por último hacen constar que el capital adeudado hasta esa fecha, es la suma de $us. 128,000.- (CIENTO VEINTIOCHO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS)”; documental que fue debidamente valorada por el Juez de la causa, respetando los derechos de las partes y los principios y valores supremos rectores que rigen al juzgador.
- Encabezado
- Antecedentes: Argumentos de la Sentencia Definitiva Recurrida.
- Antecedentes: Argumentos de los recursos de casación.
- Antecedentes: Argumentos de la contestación a los recursos de casación.
- Antecedentes: Auto Agroambiental Plurinacional S2a 17/2023 de 14 de marzo.
- Antecedentes: Resolución de Amparo Constitucional Nº 057/2023 de 18 de julio
- Trámite Procesal: Auto que concede el recurso
- Trámite Procesal: Decreto de Autos para Resolución
- Trámite Procesal: Sorteo de expediente para Resolución
- Trámite Procesal: Actos Procesales Relevantes.
- Fundamentos Juridicos Del Fallo
- FJ.III.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación:
- FJ.III.2. La valoración integral de la prueba en la jurisdicción agroambiental
- FJ.III.3.
- F.J.III.4. Análisis Del Caso Concreto.
- F.J.III.4. 1. inadecuada valoración de la prueba, vulnerando el art. 145 de la Ley Nº 439; e indebida fundamentación, congruencia y motivación en la Sentencia Nº 14/2022 de 2 de diciembre.
- F.J.III.4. 2. Aplicación Indebida de las Leyes Nº 1294 de 1 de abril de 2020 y N° 1342 de 27 de agosto de 2020; además de los Decretos Supremos Nº 4206, 4409, 4200 y 4199 que rigen la Emergencia Sanitaria y la SCP N° 0058/2021 S3 de 3 de marzo.
- F.J.III.4. 3. Vulneración de derechos y principios de probidad, igualdad de las partes y verdad material.
- F.J.III.4. 4. denuncia de anatocismo descrito en los art. 412 y 413 del Código Civil.
- Por Tanto 1
