AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 010/2024
Tribunal Agroambiental Bolivia

AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 010/2024

Fecha: 07-Mar-2024

Antecedentes: Actos Procesales Relevantes.

I.5. Actos Procesales Relevantes.

I.5.1. A fs. 1 de obrados, cursa Nota de 12 de mayo de 2023, suscrita por Samuel Arrayaza Zambrana, dirigida al Alcalde Municipal de Omereque, con la referencia: “2da nota reiterativa de denuncia de explotación y lavado de agregados de forma ilegal”.

I.5.2. A fs. 2 de obrados, se observa Nota de 12 de abril de 2023, firmada por Samuel Arrayaza Zambrana, mediante la cual denuncia, ante el Alcalde Municipal de Omereque, la explotación y lavado de agregados de forma ilegal.

I.5.3. A fs. 3 de obrados, se encuentra la Nota de 28 de abril de 2023, a través de la cual, el Alcalde Municipal de Omereque, hace conocer a Eloy Vásquez Guardia, que se paraliza su actividad de extracción de áridos y agregados, hasta la obtención de la autorización y/o licencia por la autoridad competente; la cual, habría sido notificada al mencionado el 8 de mayo del mismo año.

I.5.4. A fs. 30 de obrados, se advierte Nota de 18 de agosto de 2023, dirigida por Eloy Vásquez Guardia, a la Secretaria Departamental de Medio Ambiente y Recursos Hídricos, del Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba, con la referencia “PRESENTACIÓN DEL MANIFIESTO AMBIENTAL EXPLOTACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE ARIDOS Y AGREGADOS”, misma que fue recepcionada, el 23 de igual mes y año.

I.5.5. A fs. 31 y 62 de obrados, consta Formulario Único de Caja de 24 de julio de 2023, mediante la cual se evidencia que Eloy Vásquez Guardia, pagó patente municipal, por extracción de agregados.

I.5.6. De fs. 32 a 33; 57 a 58 de obrados, cursa Resolución Administrativa de Autorización de Explotación de Áridos y Agregados 017/2023 de 30 de junio.

I.5.7. A fs. 34 y 60 de obrados, cursa Certificación GAMO/DDPyMA/CERT/N° 001/2023 de 24 de julio, emitida por el Director de Desarrollo Productivo y M.A. del Municipio de Omereque.

I.5.8. A fs. 35 y 59 de obrados, consta Certificación GAMO/DDPyMA/CERT/N° 002/2023 de 24 de julio, emitida por el Director de Desarrollo Productivo y M.A. del Municipio de Omereque.

I.5.9. A fs. 36 y 61, se evidencia Acta de Compromiso de 24 de julio de 2023, suscrito por el Director de Desarrollo Productivo y M.A. del Municipio de Omereque y Eloy Vásquez Guardia.

I.5.10. De fs. 37 a 39, cursa en fotocopias simples, documento privado de prestación de servicios, de 23 de septiembre de 2022, suscrito entre la Asociación Accidental Cono Sur y Eloy Vásquez Guardia.

I.5.11. De fs. 41 a 43 de obrados, consta Acta de Audiencia Pública de 12 de septiembre de 2023, de inspección judicial.

I.5.12. De fs. 44 a 45 de obrados, cursa Comunicación Interna CITE/GAMO/DAF/URC/N° 040/2023 de 11 de septiembre, de la Responsable de Recaudaciones y Caja, dirigida al Alcalde Municipal de Omereque, a través de la cual se informó que no se emitió ninguna clase de autorización en la franja de seguridad del rio Arenales, a favor de Eloy Vásquez Guardia.

I.5.13. A fs. 48 de obrados, consta Nota CITE: OF.GAMO/MAE/N° 523/2023 de 21 de agosto, mediante la cual el Alcalde Municipal de Omereque, comunica a Eloy Vásquez Guardia, que debe presentar Licencia Ambiental para la extracción de áridos y agregados en un plazo no mayor de 30 días; asimismo, que la autorización de lavaderos se le otorgará previa presentación de referida licencia.

I.5.14. A fs. 49 de obrados, se advierte Nota de 28 de agosto de 2023, presentada el 30 de igual mes y año, a través de la cual Eloy Vásquez Guardia, solicitó al Alcalde Municipal de Omereque, la ampliación del plazo para presentación de autorizaciones.

I.5.15. A fs. 64, consta Nota N° CITE: CE/UGCyFA/2386/2023 de 4 de septiembre, emitida por el Gobierno Departamental de Cochabamba, dirigida a Eloy Vásquez Guardia, con la referencia “DEVOLUCIÓN MANIFIESTO AMBIENTAL SDMAyRH – MA – N° 2732 de la AOP ‘EXPLOTACIÓN Y APROVECHAMIENTO DE ÁRIDOS Y AGREGADOS”.

I.5.16. De fs. 70 a 78 de obrados, se encuentra el Informe Técnico INF-TEC-JAA-017/2023 de 15 de septiembre, suscrito por el Apoyo Técnico del Juzgado Agroambiental de Aiquile.

I.5.17. A fs. 107 de obrados, consta Comunicación Interna N° CITE: CI/UGCyFA/4108/2023 de 18 de septiembre, suscrita por el Apoyo Administrativo I de la Gobernación del Departamento de Cochabamba.

I.5.18. A fs. 108 de obrados, consta Comunicación Interna N° CITE: CI/UGCyFA/4109/2023 de 18 de septiembre, suscrita por el Apoyo Administrativo I de la Gobernación del Departamento de Cochabamba.

I.5.19. De fs. 119 a 121 de obrados, se encuentra el Informe Técnico (Complementario) INF-TEC-JAA-018/2023 de 4 de octubre, suscrito por el Apoyo Técnico del Juzgado Agroambiental de Aiquile.

I.5.20. De fs. 136 a 143 de obrados, se encuentra el Informe Técnico (Multitemporal) INF-TEC-JAA-020/2023 de 18 de octubre, suscrito por el Apoyo Técnico del Juzgado Agroambiental de Aiquile.