Auto Gubernamental Plurinacional S1/0051/2014
Fecha: 18-Ago-2014
Que, el juez a quo al haber dispuesto la devolución de Bs. 1.050.- en base a un documento privado de fecha 9 de junio del 2.013 presentado como prueba de descargo, ha extralimitado sus facultades ya que el mismo no surte efectos de cumplimiento por no haber sido elevado a categoría público más aun cuando la presente demanda es por interdicto de ret...