Expediente: 4309/2021.
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: 4309/2021.

Fecha: 30-Ago-2021

Fundamentos Jurídicos

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

En virtud a los argumentos jurídicos del recurso de casación referente a la acción de Interdicto de Recobrar la Posesión y pese a que la misma adolece de falta de técnica recursiva, toda vez que no se desarrolla ni identifica qué aspectos son en la forma y en el fondo, este Tribunal Agroambiental bajo los principios pro actione y pro homine resolverá los puntos cuestionados por la recurrente, conforme a los siguientes problemas jurídicos identificados, que serán desarrollados en el caso concreto: a) Respecto al cumplimiento de los presupuestos establecidos para el Interdicto de Recobrar la Posesión; b) En cuanto a la falta de valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, durante la tramitación del proceso.

Bajo ese entendido se desarrollará los siguientes temas: 1) La naturaleza jurídica del recurso de casación en materia agroambiental; 2) La naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión: 3) Caso concreto, en lo referente: a) Cumplimiento de los presupuestos establecidos para el Interdicto de Recobrar la Posesión; b) En cuanto a la falta de valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, durante la tramitación del proceso. Los mismos que serán desarrollados bajo los siguientes fundamentos jurídicos:

FJ.II.1 La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental dado el carácter social de la materia

Que, el Tribunal Agroambiental tiene competencia para resolver los recursos de casación contra las Sentencias o Autos Interlocutorios Definitivos emitidos por las juezas y jueces agroambientales, en virtud a lo dispuesto en los arts. 189.1 de la CPE, 144.I.1 de la Ley del Órgano Judicial (Ley No 025) y 36.1 de la Ley No 1715, modificada parcialmente por la Ley No 3545.