Por Tanto 2
El suscrito Juez de Partido en Materia Agroambiental de Ia Provincia Mendez del Dpto. de Tarija, administrando justicia en nombre del Estado de Bolivia y de la Ley Agraria N° 1715 (Ley INRA) y de "Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria N° 3545 ; y en virtud de la jurisdicción y competencia que por ella ejerce;
FALLA:
Declarando IMPROBADA en todas sus partes la demanda "Interdicto de Recobrar la Posesión" de fs. 23 a 24 vta. de obrados, demanda que fue incoada por la Sra.: Diosmira Lopez Narvaez, en contra de los Sres.: Mariela Elizabeth Perales Alvarez (Secretaria General del Sindicato Agrario de la Comunidad de Canasmoro) y Edmundo Benitez Villa (Corregidor de dicha Comunidad).
Finalmente, en use de lo previsto por el Art. 373 (VIA ORDINARIA) del Código Procesal Civil N° 439, se salvan los derechos de la demandante Sra.: Diosmira Lopez Narvaez, para discutir en la vía correspondiente, el derecho de propiedad sobre la fracción de terreno rural que fue objeto del presente proceso.
La presente resolución judicial, tiene su fundamento legal en lo dispuesto expresamente
Por el Art.86 de la ley N° 1715, denominada: "Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria", modificada por la ley N° 3545 de "Reconducción Comunaria de la Reforma Agraria" .- REGISTRESE.-
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la sentencia del Juez Agroambiental de la provincia Méndez
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión
- FJ.III.1. Respecto al cumplimiento de los presupuestos establecidos para el Interdicto de Recobrar la Posesión.
- FJ.III.2. En cuanto a la falta de valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, durante la tramitación del proceso.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA N°07/2021
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Por Tanto 2
