Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, con la atribución conferida por el art. 189-1) de la CPE, arts. 11, 12 y 144.I inc.1) de la Ley N° 025, arts. 36.1) y 87. IV de la Ley N° 1715, de conformidad a los arts. 220.II de la Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria en la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715; dispone:
1. Declarar INFUNDADO el recurso de casación cursante de fs. 256 a 258 vta. de obrados, interpuesto por Diosmira López Narvaez.
2. Se mantiene firme y subsistente la Sentencia 07/2021 de 30 de junio de 2021, pronunciada por el Juez Agroambiental de la Prov. Méndez- Tarija, cursante de fs. 249 a 253 vta. de obrados, dentro de la demanda de Interdicto de Recobrar la Posesión.
Regístrese, notifíquese y devuélvase. -
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Primera
María Tereza Garrón Yucra Magistrada Sala Primera
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la sentencia del Juez Agroambiental de la provincia Méndez
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación al recurso de casación
- 1.4 1. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 2. Sorteo
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- FJ.II.2. Naturaleza jurídica del Interdicto de Recobrar la Posesión
- FJ.III.1. Respecto al cumplimiento de los presupuestos establecidos para el Interdicto de Recobrar la Posesión.
- FJ.III.2. En cuanto a la falta de valoración de las pruebas aportadas por la parte demandante, durante la tramitación del proceso.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA N°07/2021
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Por Tanto 2
