SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 15/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 15/2023

Fecha: 26-Abr-2023

Antecedentes Procesales: Contestación de los terceros interesados

I.3. Contestación de los terceros interesados

I.3.1. Mediante memorial cursante de fs. 93 a 94 de obrados, Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, representado por José Luis Huarachi Chiri, en mérito al Testimonio Poder N° 143/2021 de 30 de marzo de 2021, se apersona al proceso, interponiendo recurso de reposición del Auto de Admisión sobre la incorporación como terceros interesados en el proceso a: Jabob Wiebe Martens de la Colonia Menonita Belize II, David Peters Dyck de las Colonias Menonitas Las Piedras II y el Cerro; y, Franck Peters Schmidt de la Comunidad Santa Rosa; recurso que fue rechazado por Auto Definitivo de 15 de julio de 2022, cursante a fs. 590 a 592 de obrados.

I 3.2. Mediante memorial cursante de fs. 338 a 345 de obrados, Eulogio Núñez Aramayo, Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA). Solicita se declare improbada la demanda dejándose firme y subsistente la Resolución Suprema 26204 de 26 de diciembre 2019, con los mismos argumentos de la contestación presentados por el co demandado Presidente de Estado Plurinacional de Bolivia en su memorial presentado de fs.194 a 202 de obrados.

I 3.3. Jabob Wiebe Martens de la Colonia Menonita Belize II, David Peters Dyck de las Colonias Menonitas Las Piedras II y el Cerro; y, Franck Peters Schmidt de la Comunidad Santa Rosa, en su condición de terceros interesados fueron notificados conforme cursa de fs. 560 a 561 y vta. de obrados, sin que respondan a la demanda.

I.3.4. Mediante memorial cursante a fs. 693 y vta. de obrados, se apersona la Procuraduría General del Estado, representado legalmente por Zulma Mariela Durán Sandoval Cruz Pimentel, Directora Departamental de Chuquisaca y Rolando Cruz Pimententel, en virtud el memorándum de designación N°101/2020, quienes anuncian el seguimiento al litigio, teniendo en cuenta que los intereses ligados suponen una posible afectación a los intereses del Estado.

I.3.5. Mediante memorial de subsanación cursante de fs. 684 de obrados, se apersona como control social a Silverio Choque Condori, Secretario de Actas de la Federación de Comunidades interculturales Productoras Agropecuarias Santa Cruz.

I.4.1. Auto de admisión

Mediante Auto de 17 de febrero de 2021, cursante a fs. 80 y vta. de obrados, se admitió la demanda contenciosa administrativa que impugna la Resolución Suprema 26204 de 26 de diciembre de 2020, para su tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, corriéndose en traslado a las autoridades demandadas, para que dentro del plazo establecido por ley contesten la demanda; y de conformidad al art. 115.II y 119.II de la Constitución Política del Estado, se notificó a Benjamín Saúl Rosas Ferrufino, en su calidad de Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno, al Director Nacional a.i. del INRA, Jacob Wiebe Martens de la Colonia Menonita Belize II; David Peters Dyck de las de las Colonias Menonitas las Piedras II y el Cerro; Frank Peters Schmidt de la Comunidad de Santa Rosa, en calidad de terceros interesados.

I.4.2. Réplica y dúplica

Mediante memorial de fs. 352 a 364 de obrados, la parte actora hizo uso del derecho a réplica, respecto a la contestación de la demanda efectuada por el codemandado Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y respecto a la contestación del codemandado Ministro de Desarrollo Rural y Tierras y de fs. 371 a 386 de obrados, donde reiteró los argumentos de su demanda y petición. 

Que, la autoridad codemandada, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, mediante memorial cursante de fs. 409 a 410 vta. de obrados, inicialmente remitido vía Buzón Judicial, cursante de fs. 407 a 408 vta. de obrados, presentó dúplica, ratificándose in extenso en el memorial de contestación; de la minuciosa revisión de obrados, no se constata que el ministro de Desarrollo Rural y Tierras, hubiera ejercido su derecho a la dúplica.

I.4.3. Decreto de autos para sentencia y sorteo

A fs. 698 de obrados, cursa decreto de autos para sentencia de 12 de enero de 2023; a fs. 704 de obrados, cursa decreto de 28 de febrero de 2023, de señalamiento de sorteo de expediente para el día 01 de marzo de 2023, habiéndose realizado el mismo conforme consta a fs. 708 de obrados.