SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 15/2023
Fecha: 26-Abr-2023
La nulidad de Títulos Ejecutoriales o del proceso agrario en trámite, no afecta la posesión que hubiese materializado el interesado, debiendo ésta ser valorada conforme a las disposiciones del presente reglamento
II. La nulidad de Títulos Ejecutoriales o del proceso
agrario en trámite, no afecta la posesión que hubiese materializado el
interesado, debiendo ésta ser valorada conforme a las disposiciones del
presente reglamento.
La nulidad de Títulos
Ejecutoriales y procesos agrarios en trámite, conlleva la extinción de los
gravámenes e hipotecas que recaen sobre la propiedad objeto del Título
Ejecutorial o proceso agrario anulado.
Las hipotecas y gravámenes
constituidos sobre propiedades agrarias cuyos Títulos Ejecutoriales o procesos
agrarios en trámite fueran anulados, subsistirán sobre el nuevo derecho de
propiedad que eventualmente se constituya a favor del deudor, conservando su
orden de preferencia. Este aspecto se consignará en la resolución final
correspondiente que dispondrá también su inscripción en el Registro de Derechos
Reales.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda contenciosa administrativa
- Antecedentes Procesales: Contestación de los terceros interesados
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Juridicos
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del proceso contencioso administrativo
- FJ.II.2. La finalidad del proceso de saneamiento
- FJ.II.3. 1. Respecto a la posesión de predios agrarios:
- FJ.II.3. 2. Respecto a la Función Económica Social
- FJ.II.4. Del régimen de nulidades absolutas y relativas de antecedentes agrarios durante la ejecución del saneamiento de la propiedad agraria.
- La nulidad de Títulos Ejecutoriales o del proceso agrario en trámite, no afecta la posesión que hubiese materializado el interesado, debiendo ésta ser valorada conforme a las disposiciones del presente reglamento
- FJ.II.5. Del control de calidad, supervisión y seguimiento del proceso de saneamiento
- FJ.II.6. Del caso en examen
- FJ.III.1. A los puntos 1. Sobre la antigüedad de la posesión y cumplimiento de la Función Económico Social; 4. Inobservancia y violación al debido proceso y falta de valoración de la prueba
- FJ.III.3. Al punto 3. Falta de competencia y actuación fuera de la norma
- FJ.III.4. Al punto 5. Violación a los derechos constitucionales y falta de motivación de la Resolución Suprema 26204/2019
- Por Tanto 1