Resolución recurrida: Sentencia N° 017/2022 de 22 de septiembre de
Fecha: 05-Dic-2022
2.1.3. Inspección Judicial
II.- 2.1.3. Inspección Judicial
Cursa en el acta de audiencia de inspección judicial a fs. 117 a 119 de fecha 3 de marzo 2022, que previo informe del técnico de apoyo que informa que se encuentran en la comunidad de San Agustín Sud a 17.5 km. Comenzando la inspección con el predio denominado "Potrero la Loma" donde se observa que el predio se encuentra cercado en la parte de ingreso, con ramas y piedras, sembradío de maíz cabellando, poroto y garbanzo y colinda con el rio, puerta hecha de fierro para bajar al río, plantas nativas, churquis, molles, otro sembradío de maíz, el predio termina en la quebrada Loma La Puente y un tercer sembradío de maíz cabellando, más árboles, córas, yuyos, espinos, churquis y excremento de vaca, burro y chivos, que no todo el predio es acto para actividad agrícola y bordeando la quebrada se sube hasta la cima por un camino de chiva, en la cima del cerro se ve cercos que refieren son a medias con la familia Orozco, se baja el cerro empinado, llegando al sembradío de choclos y garbanzo y poroto. Se continúa con el predio "EL BARBECHITO" que se encuentra perimetralmente cercado con alambre de púas, palos y un portón que tiene sembradío de zapallos y maíz, se ve un hueco pencas secas y verdes pequeñas. En el tercer predio "CERRO MUCHACHO" se realiza el recorrido por un camino rustico provisional, tiene árboles nativos del lugar que es área de pastoreo, se advierte excremento de burro, vacas, ovejas y no hay actividad agrícola., aproximadamente a 300 metros del lugar de inicio se observa un agujero y el demandado Aníbal "aclara que se percataron del hueco cuando ambos estaban delimitando en fecha 1ro de agosto del año pasado."
Acta de audiencia de inspección judicial a fs. 148 a 149 de fecha 18 de abril de 2022 se continúa con el predio Cerro Muchacho, donde se observan con plantas nativas llegando a una zona donde la parte demandante refiere que es la zona donde se hubiera parado el cerramiento y que este es nuevo. Asimismo, se verifica en otra parte del predio la existencia de corrales de vacas, portones, habitaciones, cámara séptica, gaviones de piedra y malla, reservorio de agua, mas construcciones de dormitorios y un baño, canal de agua, otra construcción de corrales de vacas, material de trabajo y una quinta construcción, horno de barro lavandería, baño y 5 habitaciones, aves de corral, esta área esta perimetralmente cerrada, sembradíos, bolsa de agua, corrales con chivos, ovejas y chanchos.
Estas inspecciones nos permite el conocimiento de los predios Potrero La Loma, el Barbechito y Cerró Muchacho objeto de la Litis, comprobar su existencia, el estado de las cosas, es conducente para apreciar los hechos controvertidos, cumple las exigencias y formalidades del Art. 187 y 188 ambos del Código Procesal Civil, es concordante con los otros medios y elementos de prueba producidos en la tramitación de la causa, es valorada con las reglas de la sana crítica y prudente arbitrio, y demuestra los hechos aseverados en la demanda, puesto que se ha podido observar la actividad agrícola y ganadera de los predios puesto que en la inspección se evidencia los sembradíos de maíz, poroto, garbanzo zapallo, la existencia de cabras, chivas, cerdos, aves de corral entre ellos pollos, patos y pavos que utilizan el área de pastoreo.
Incluso en la inspección es donde uno de los accionados Aníbal Romero Duran confiesa que los cercos fueron hechos en la gestión 2018 cuando los demandantes volvieron de la ciudad y que activaron su cultivo el año 2017, también manifiesta que evidentemente en el predio el Barbechito hace un año aproximadamente hicieron un nuevo cerrado los actores pues antes estaban con penca. Y en el predio Cerro Muchacho se pudo ver un agujero que no es acorde a la naturaleza del terreno que es pastoreo.
De fs. 148 a 149 se tiene una segunda inspección judicial específicamente en el recorrido del predio Cerro Muchacho donde se puede evidenciar un alambrado de cerco nuevo con alambre de púa y postes, la inspección a la vivienda con varios ambientes habitables para las personas y otras zonas exclusivas para los animales, reservorio de agua e incluso más sembradíos.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Resolución, recurrida en casación y nulidad.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación y nulidad, cursante de fs. 309 a 313 de obrados.
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- FJ.II.1. El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución La interposición del recurso de casación en la forma y en el fondo puede ser de manera simultánea. La distinción entre el recurso de casación en la forma y el recurso de casación en el fondo y las formas de resolución ha sido motivo de la profusa jurisprudencia agroambiental, que, en varios Autos Agroambientales Plurinacionales, de manera uniforme, ha señalado lo siguiente:
- FJ.II.2. Requisitos o presupuestos concurrentes de procedencia del proceso
- FJ.II.3. Sobre la valoración de la prueba, el error de hecho y de derecho
- FJ.II.4. Sobre el método de la valoración probatoria testifical
- FJ.II.5. Coordinación y cooperación entre los sistemas de justicia indígena y agroambiental y como está regulada dicha coordinación y cooperación. La coordinación y cooperación entre sistemas de justicia se encuentra dispuesto en la Constitución Política del Estado en su art. 192, que dispone: "(...) El Estado promoverá y fortalecerá la justicia indígena originaria campesina. La Ley de Deslinde Jurisdiccional, determinará los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena originaria campesina con la jurisdicción
- Analisis Del Caso Concreto
- 1.5 22 y 1.5.23 , por lo que no existe ninguna vulneración al respecto que amerite la nulidad del proceso; estando incorporados al proceso, sin la necesidad formal de la notificación, por cuanto su participación activa garantizó su derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva
- Por Tanto 1
- SENTENCIA No.17/2022
- Antecedentes Procesales: Argumentos De La Demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos De La Contestación.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Audiencia Principal O Preliminar Y Complementaria
- Antecedentes Procesales: Pruebas.
- Fundamentos Jurídicos
- Fundamentos Jurídicos: Fundamentos De La Resolución. (Premisa normativa)
- Fundamentos Jurídicos: Análisis Del Caso (Premisa Fáctica)
- 2.1.1. Prueba Documental
- 2.1.2. Valoración judicial de la declaración testifical
- 2.1.3. Inspección Judicial
- 2.1.4. Informes Técnicos
- 4.2 El Terreno El Barbechito tiene una superficie mensurada de 0,3380 ha . La superficie de mejoras a su interior como el área de sembradío de maíz es de 1954.31 m2, con actividad agrícola. Por la imagen del año 2003 no se puede apreciar con claridad el área de sembradío al interior del terreno, aunque si tiene algunos rasgos en una superficie pequeña, pero si desde los años 2013, 2017 y 2021 si se puede ver que estas áreas de sembradío ya existían.
- 4.2 El Terreno Área de Pastoreo (Cerro Muchacho) tiene una superficie mensurada de 64,1375 ha . A coordenadas en x= 341641; y= 7616334 se encuentra un hoyo o hueco con dimensiones de 2 x 2 aproximadamente, Como se puede identificar en las imágenes satelitales y fotografías tomadas el terreno de pastoreo (Cerro Muchacho). Presenta características apto para pastoreo en su mayor superficie.
- 2.1.5. Prueba De Oficio
- Por Tanto 2