Resolución recurrida: Sentencia N° 04/2022 de 10 de agosto de 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 04/2022 de 10 de agosto de 2022

Fecha: 02-Feb-2023

3.- Valoración Motivada De Las Pruebas

IV.3.- VALORACIÓN MOTIVADA DE LAS PRUEBAS-

QUE, De la Prueba documental  que es valorada conforme a la valoración que le asigna la normativa legal, arts. 1296, 1297, 1298 y 1311 del Código Civil, de la que se puede extraer para la valoración del presente proceso que, el demandado conjuntamente con los demandantes suscribieron documento de transferencia de la fracción de terreno  de 362.772 has.  en  fecha  22 de octubre de 2015,  en la misma declara haber recibido la suma de 15.000 Bs. el mismo dia, ante la misma ABOGADA, suscriben un compromiso de pago por la suma de 15.000 Bs.  pagaderos en 3 meses osea hasta el 22 de enero de 2016, ESTOS PAGOS MENSUALES NO SE HA DEMOSTRADO DOCUMENTALMENTE , Otro aspecto que se debe tomar en cuenta, es  que en LA CLAUSULA SEGUNDA DEL CONTRATO  SEÑALA EXPRESAMENTE QUE   DOY EN VENTA REAL Y DEFINITIVA  LAS 362.772 HAS , esta clausula  si bien tiene relación literal  con la CLAUSULA QUINTA  que  a la firma del contrato LOS COMPRADORES QUEDAN EN QUIETA POSESION  DE LA FRACCION,   contradictoriamente NO consta las dimensiones y colindancias de la fracción de terreno  para que sea definitivo .  ni clausula expresa a futuro.