Resolución recurrida: Sentencia Nº 07 de 06 de octubre de 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia Nº 07 de 06 de octubre de 2022

Fecha: 15-Feb-2023

Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes

I.5. Actos procesales relevantes

I.5.1. A fs. 1 y vta. de obrados, cursa Título Ejecutorial N° PPD-NAL-173932 de 6.8274 ha, de 15 de mayo de 2013, parcela N°026, otorgado a Margarita Gabriel Chávez y Napoleón Fernández, debidamente registrado en Derechos Reales bajo la matrícula N 3184010006317, asiento A-1 de 21 de octubre de 2013.

I.5.2. De fs. 70 vta. a 71 vta. de obrados, cursa acta de inspección in visu del predio objeto de la litis, donde la Juez constata la existencia de chaqueos realizados, plantación de papa, yuca, cítricos, apertura de una senda, tumbado de árboles, echado de ripio, plantación de postes de hierro, los que los codemandados Sergio, David y Justo Heredia Escalera manifestaron que lo realizaron tales trabajos.

I.5.3. De fs. 82 a 85 de obrados, cursa Informe Técnico Causa N° 256/2022 de 08 de septiembre de 2022, el cual en el punto 7. DESARROLLO, refiere que identifica trabajos recientes hechos por los demandados dentro del predio objeto de la Litis y en el punto 8. OBSERVACIONES – SUGERENCIAS, señala que la demanda se encuentra dentro del Título Ejecutorial N° PPD-NAL-173932 de 6.8274 ha, parcela N°026 de15 de mayo de 2013, otorgado a Margarita Gabriel Chávez y Napoleón Fernández.

I.5.4. De fs. 157 a 158 vta. de obrados, cursan declaraciones testificales de Paulo Cano Lizarazu y Nemecio Agreda Triveño, quienes declaran que los actos de avasallamiento fueron cometidos por los codemandados Sergio, David y Justo Heredia Escalera, excepto el padre Eliseo Heredia Escalera.