Resolución recurrida: Sentencia Nº 07 de 06 de octubre de 2022
Fecha: 15-Feb-2023
Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación a los recursos de casación
I.3.
Argumentos de la contestación a los recursos de casación
Con relación al recurso de casación interpuesto por
Sergio Heredia Escalera, David Heredia Escalera y Justo Heredia Escalera
Napoleón Fernández, Margarita Gabriel Chávez,
representados por Neftali López Villca mediante Testimonio de Poder N° 225/2022
de 06 de octubre de 2022, cursante de fs. 190 a 191 vta. de obrados, contestan
el recurso de casación solicitando se declare improcedente o infundado el
mismo, con costas y costos, bajo los siguientes argumentos:
I.3.1. La apoderada señala que
ante lo alegado por los codemandados David y Justo Heredia Escalera de que no
habrían sido notificados con la continuidad de la audiencia de 29 de septiembre
de 2022, donde se señaló audiencia para el 03 de octubre de 2022, conforme
constaría por la diligencia de notificación cursante a fs. 148 de obrados;
empero, aclara que en la audiencia de continuidad de 03 de octubre de 2022, el
abogado Alex Sander García Yucra, a viva voz señaló que representó a los
codemandados Sergio, David y Justo Heredia Escalera, lo cual acreditaría que sí
aceptó que fueron notificados sus defendidos y que dicho abogado no actuando
con ética y moral, desde el principio del proceso habría incurrido en
chicanerias promoviendo suspensiones, haciendo intervenir y firmar a otros
colegas.
I.3.2. Respecto a las 24 horas
previstas en el art. 90.I de la Ley N° 439, refiere la apoderada que la
notificación habría sido practicada conforme a ley, en horas hábiles dentro del
plazo establecido en la Ley N° 477, que señala que se debe notificar a las
partes, máximo en el lapso de 24 horas; por lo que, detalla que no se habría
provocado ninguna indefensión a los recurrentes, toda vez que se notificó a las
partes dentro de los parámetros establecidos en el art. 91.II de la Ley N° 439,
cuyas horas hábiles fuera del juzgado son de 18.00 a 19:00 horas.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la Sentencia Nº 07 de 06 de octubre de 2022, recurrida en casación
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- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación a los recursos de casación
- 1.3 4. Con relación a lo acusado de que se habría causado indefensión al codemandado Sergio Heredia Escalera, al habérsele notificado a destiempo y que respecto a los otros demandados David y Justo Heredia Escalera, al no haber sido notificados de manera expresa e individual, señala la apoderada que el abogado Alex Sander García Yucra, desde el primer acto procesal habría asumido defensa de los codemandados Sergio, David y Justo Heredia Escalera; por lo que, sería clara la diligencia practicada cursante a fs. 148 de obrados, que acredita que los demandados fueron notificados en el domicilio procesal del abogado García; aspecto que incluso refiere habría sido confirmado en la audiencia de continuidad de 03 de octubre de 2022, en el cual el abogado admitió a plena voz que sus patrocinados habrían sido debidamente notificados, pero ahora anecdóticamente expresan que habría indefensión, cuando ellos solicitaron suspensión de varias audiencias, utilizando como excusa el estado de salud del demandado Eliseo Heredia Romero y lo que es peor haciendo intervenir a varios abogados.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica del recurso de casación
- FJ.II.2. El proceso de Desalojo por Avasallamiento.
- FJ.II.3. 1. Respecto a la violación de los arts. 15.I, 68.I, lo cual repercutió en la transgresión del 115.II de la CPE, del derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
- FJ.III.3. 2. Respecto a lo alegado de que la sentencia recurrida de casación se enmarcaría en lo dispuesto en los arts. 105.I y II y 106.I de la Ley N° 439, así como en lo establecido en la SCP 2594/2012 de 13 de diciembre, que rescata los principios de especificidad o legalidad; finalidad del acto; de trascendencia y convalidación determinado en la SCP 0332/2012 de 18 de junio y en la SC 0731/2010
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo: Argumentos de la Sentencia Nº 7 de 6 de octubre de 2022, recurrida en casación.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA: Nº 7/2022
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Por Tanto 2