Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2022 de 29 de noviembre de 2022
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 03/2022 de 29 de noviembre de 2022

Fecha: 14-Mar-2023

Considerando 1

CONSIDERANDO I:

Que, los demandantes ANTOLIN ARIAS CARO, NORA ANDREA RAMIREZ VACA mediante memorial de fs.19. a fs. 21Vta; memorial de fs. 23 a 23 vta., se apersonan y demandan desalojo por avasallamiento en contra de los demandados JOSE DAVID RAMIREZ VACA, ELBA ROSA RAMIREZ VACA, MARIA CARMEN RAMIREZ VACA, NILA RAMIREZ VACA, NIVER FLRINDO RAMIREZ VACA, INOCENCIA RAMIREZ VACA, VLADIMIR RAMIREZ VACA, adjuntando Título Ejecutorial SPP-NAL-068813 a fs1,Certificado catastral N° CC-T-1JA01387/2018 a fs. 2 plano catastral 060501312007 a fs. 2, folio real con matrícula 6.05.0.10.0001807 a fs. 4 y 5, certificado de unión libre a fs. 7, y 8 todo en originales, acta de conciliación cursantes de fojas 9 al tenor de los siguientes argumentos: Conforme los antecedentes, refieren que son propietarios de la propiedad denominada Camarón -parcela N°007, con una superficie de 2.4017 hectáreas, con plano catastral 060501312007 registrado bajo la con matrícula 6.05.0.10.0001807 asiento N°. 1 de fecha 10 de mayo de 2013.

Así mismo indican que, el terreno objeto de proceso fue adquirido mediante proceso administrativo de saneamiento de propiedad agraria, cumpliendo la función social, que el referido bien inmueble aparte de constituirse en una co-propiedad constituye un bien ganancial constituye a su vez un bien ganancial.

A su vez los demandantes señalan que se ha producido una invasión y ocupación de hecho al interior de su propiedad generando la ejecución de trabajos de los cuales no se ha otorgado consentimiento alguno o realizado el reconocimiento alguno de transferencias de acción y derecho terceras personas,ocupación que se estaría realizando por los señores JOSE DAVID RAMIREZ VACA, ELBA ROSA RAMIREZ VACA, MARIA CARMEN RAMIREZ VACA, NILA RAMIREZ VACA, NIVER FLRINDO RAMIREZ VACA, INOCENCIA RAMIREZ VACA, VLADIMIR RAMIREZ VACA quienes resultan ser hermanos de la demandante.

Así mismo indican haber acudido a la vía ordinaria agroambiental buscando en ella un llamamiento a la conciliación y así pueda desalojar de manera pacífica.

Así mismo la parte demandante señala que en el mes de agosto de la gestión 2020 aproximadamente, los demandados JOSE DAVID RAMIREZ VACA, ELBA ROSA RAMIREZ VACA, MARIA CARMEN RAMIREZ VACA, NILA RAMIREZ VACA, NIVER FLRINDO RAMIREZ VACA, INOCENCIA RAMIREZ VACA, VLADIMIR RAMIREZ VACAse apersonaron a su propiedad acompañados de las autoridades comunales de Camarón he ingresaron a su domicilio y le señalaron a su concubina que tienen que partirse y que el titulo se hace y deshace, generando llanto en su pareja, posterioren horas de la tarde procedieron a dividirse el terreno entre los siete (7) demandados ocupando aproximadamente una hectárea y media , realizando siembra de maíz realizaron el alambrado de los espacios ocupados, que en la gestión 2021 continuaron ingresando a su terreno sin ninguna autorización, para realizar la siembra de papa, llegando al extremo de ordenar su salida de su domicilio

Fundamentan su derecho en los artículos 56. Núm. I y II de la Constitución Política Del Estado, art. 21 de la convención americana sobre derechos humanos (pacto de San Jose); artículo 1. 2. 3. De la ley 477.

Petición en merito a lo señalado solicitan se admita la demanda de desalojo por avasallamiento corrido los tramites de rigor declare emita mandamiento de desalojo del predio denominado Camaron- parcela 007 disponiendo para el efecto el auxilio de la Fuerza Pública.