CONSIDERANDO: Que, en atención a la nulidad pretendida por los recurrentes y con absoluta circunscripción
CONSIDERANDO: Que, en atención a la nulidad pretendida por los recurrentes y con absoluta circunscripción a los puntos recurridos, cual establece el art. 278 del Código de Procedimiento Penal, de la revisión de los antecedentes y datos del proceso se tiene lo siguiente:
1º.- La Diligencia de levantamiento de restos cadavéricos y el Dictamen Médicolegal de fs. 59 a 70, elaborado en sede investigativa por disposición del Director de la Policía Técnica Judicial, en la que intervinieron como médicos forense los Doctores: Rafael Vargas Peña y Celso Cuéllar Rossel, colaborados por los especialistas cubanos en medicina legal, Doctores: Alfredo Tamame Camargo, Héctor Soto Izquierdo y Jorge González Pérez, de fecha 10 de diciembre de 1999, tienen toda la validez legal por 3 aspectos principales: a) El objetivo de la cooperación requerida a profesionales especialistas en conocimientos científicos y técnicos, es concentrar esfuerzos para contribuir al órgano judicial en el esclarecimiento de la verdad jurídico penal del hecho delictivo; b) Los informes evacuados durante el sumario e investigación, se convierten en un medio de prueba "anticipada al juicio", la que al reproducirse o ratificarse en el contradictorio adquiere carácter de determinante y no de supletoria; y c) Las autoridades o profesionales requeridos, están obligados a cooperar y practicar el reconocimiento de lo que sea el objeto de la pericia, dispuesta por el Juez, Fiscal u otra autoridad. El nuevo Código de Procedimiento Penal, incluso transfronteriza la cooperación para combatir el crimen, siempre que las solicitudes no vulneren los derechos y garantías previstos por la Constitución, Convenciones y Tratados internacionales vigentes, Códigos y leyes vigentes del país
- CONSIDERANDO: Que, la Corte de alzada en sujeción a los arts
- Promovido a instancia de los procesados el recurso de Complementación y enmienda, la Corte ad
- CONSIDERANDO: Que los procesados en expresión de disconformidad deducen recurso de nulidad y casación a
- CONSIDERANDO: Que, en atención a la nulidad pretendida por los recurrentes y con absoluta circunscripción
- Con el auto inicial de la instrucción venido a fs
- Se evidencia por consiguiente, que los procesados al estar presente en cada uno de los
- CONSIDERANDO: Que, a tenor del art
- Que, del examen de antecedentes que informan el proceso, con relación a las violaciones acusadas
- 2º
- 3º
- 4º
- 5º
- 6º
- 7º
- 9º
- En igual sentido la Dra
- 10
- 11º
- 12
- CONSIDERANDO: Que, siempre dentro del contexto del art
- Por último, el Dictamen Medicolegal de fs
- La finalidad de la prueba consiste en formar "íntima convicción" del tribunal acerca de la
- Convergente con el contenido del art
- El dolo es el elemento nuclear y principalísimo del tipo subjetivo; es decir es el
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- 1
