Auto Supremo AS/0483/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0483/2001

Fecha: 03-Oct-2001

Se evidencia por consiguiente, que los procesados al estar presente en cada uno de los


Se evidencia por consiguiente, que los procesados al estar presente en cada uno de los actos investigativos y procesales, han asumido defensa plena y con las garantías de sus derechos fundamentales, sin vulnerar el derecho a la amplia defensa reconocido por el art. 16 de la Constitución y menos incurrir en la nulidad prevista por el art. 31 de la Carta Política; máxime si se advierte que las nulidades perseguidas no se encuentran entre las causales de nulidad especificadas en el art. 297 del Código de Procedimiento Penal, las que al decir de la doctrina el excesivo dogmatismo de la formalidad, no contribuye a la decisión rápida y oportuna de la causa, a no ser que la nulidad afecte seriamente los derechos fundamentales de los acusados; que no es el caso, al haber hecho uso de los medios y recursos idóneos y eficaces en su defensa, en el contexto de los principios de la "Presunción de inocencia", "Igualdad" y "Contradicción", recogidos en el art. 16 de la Constitución Política del Estado; arts. 1, 2, 5, 6, 9 y 12 del nuevo Código de Procedimiento Penal; arts. 1, 2 y 3 del Procedimiento Penal de 1973; art. 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y art. 14.2, 3-b, 3-c y 3-d., del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos