Auto Supremo AS/0052/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0052/2006

Fecha: 07-Mar-2006

Que, de lo expuesto se concluye que no existe contradicción en los términos del Art


Que la sentencia condenatoria y el Auto de Vista objeto de los recursos de casación, se hallan revestidos de los razonamientos jurídicos y fundamentos de carácter legal, así como la adecuación de la conducta de los imputados, en la tipificación antes mencionada; a tenor de los Arts. 124, 171, 173, 340, 341, 342, 344, 346, 347, 350, 351, 352, 355, 356 y 365 de la Ley 1970.

Que, de lo expuesto se concluye que no existe contradicción en los términos del Art. 416 del Código de Procedimiento Penal entre el Auto de Vista impugnado y los precedente señalados; consiguientemente no se incurrió en ninguna vulneración, por lo que corresponde declarar infundados los recursos deducidos por los co-imputados, en aplicación de la segunda parte del Art. 419 de la Ley 1970