Auto Supremo AS/0442/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0442/2008

Fecha: 08-Dic-2008

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2.- Recurso de Casación de la Contraloría General de la República (CGR): el representante legal de la CGR, a través del memorial de fs. 2016-2018, planteó recurso de casación en el fondo acusando que, el inciso 19) del art. 19 de la Ley Orgánica de Municipalidades, no otorga al Concejo Municipal la atribución de regular de manera arbitraria y discrecional la forma de pago de las dietas, como sucede con los incisos e) y j) del Reglamento Interno y de Debates del Concejo Municipal de Sucre, puesto que, la base para el pago de dietas es la asistencia efectiva a una sesión sea ordinaria o extraordinaria. Agrega, que en el caso del coactivado Edgar Pedro Sernich Cáceres, no asistió a la mayoría de las sesiones por encontrarse declarado en comisión o en uso de licencias, siendo reemplazado por el concejal suplente, lo que dio lugar al pago simultáneo de dietas tanto al concejal suplente como al concejal titular, lo que se traduce en daño a la entidad edilicia